El canal de denuncias es obligatorio desde el 1 de diciembre para todas las empresas con más de 50 empleados. Así lo establece la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
Te ayudamos a cumplir con la normativa de protección a la persona informante y evitar sanciones. Te proponemos un canal de denuncias que protege la identidad de los/as trabajadores/as y recoge la información necesaria, apuesta por la transparencia y protege a la persona informante y a la persona investigada, mejora el funcionamiento de la organización y crea un entorno seguro para toda la plantilla.
El canal de denuncias es obligatorio desde el 1 de diciembre para todas las empresas con más de 50 empleados. Así lo establece la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, también llamada Ley del canal de denuncias o de protección del denunciante. El objetivo es garantizar la prevención y sanción de los delitos e irregularidades cometidas en el seno de las empresas, así como la protección y anonimato de los denunciantes.
El canal de denuncias es la vía de comunicación a través de la cual la empresa recibe y gestiona las denuncias (o comunicaciones) hechas por los miembros de la propia empresa o por otras personas vinculadas a ella, sobre posibles conductas irregulares o ilícitas que de las que puedan haber sido testigos o tengan conocimiento y que sean contrarias a las normas de las empresas.
Las empresas obligadas a tener un canal de denuncias son:
IMPORTANTE – La obligación del canal de denuncias no es una opción y las empresa que todavía no lo tienen ya están fuera de plazo y enfrentándose a posibles sanciones. Las sanciones para las personas jurídicas van desde los 100.000 euros para las infracciones leves, hasta un millón de euros para las sanciones muy graves.
Normativa que lo regula
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